DECRETO Nº. 7.699/2025
VISTO: El Asunto Nº 338, de fecha 19 de setiembre de 2025. IdS P/Of Nº 776/25, remite expediente Nº 24.014/2025 caratulado “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto para otorgar escritura padrón 24.611 Manzana N a Francisco De Abreu y otra”.
RESULTANDO: I) Que con fecha 17 de agosto de 1972 se suscribió un convenio entre el entonces Instituto Nacional de Viviendas Económicas (I.N.V.E.) y la Intendencia de Salto, con el objeto de construir en la ciudad de Salto, viviendas de emergencia en el padrón municipal en mayor área Nº 18.752.
II) Que, respecto de las viviendas construidas en el marco de este Convenio, se suscribió Compromiso de Compraventa y solicitud de préstamo entre la Intendencia de Salto, representada por el Banco Hipotecario del Uruguay y diferentes promitentes compradores.
III) Que con fecha 15 de febrero de 2017 la Agencia Nacional de Viviendas, en su calidad de Fiduciaria del Fideicomiso denominado Fideicomiso Social 10-Fideicomiso Financiero, informó que el inmueble padrón Nº 24.611, ubicado en Barrio Nuevo Uruguay, Unidad Nº 205, Programa 670, I.D. 70702, cuyos titulares son los Sres. Francisco de Abreu Barcos y Nilda Giomar Chalis Urruti, con documento de identidad Nº 2.644.142-6 y 2.586.028-7, respectivamente, no registra saldo, en virtud que el precio de venta del inmueble ha sido totalmente integrado, encontrándose en condiciones de firmar documentación definitiva.
CONSIDERANDO: I) Que se cuenta con la documentación correspondiente al Programa 670 de Barrio Uruguay (compromiso de compraventa y constancias de cancelación).
II) Que existe obligación por parte de la comuna de otorgar las escrituras a quienes integren el precio estipulado, previa anuencia de la Junta Departamental.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorizar a la Intendencia de Salto a otorgar escritura de compraventa a favor del promitente comprador de la vivienda ubicada en Barrio Uruguay, programa 670, identificada en la forma que se dirá, según Plano de Deslinde, Mensura y Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Jorge R. Lanza, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional, Oficina Departamental de Catastro de Salto con el Nº 6490, el 21 de marzo de 1983. Lote 205, padrón 24.611 manzana N, titulares Francisco de Abreu Barcos y Nilda Giomar Chalis Urruti.
Artículo 2.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A SEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.
Enzo Molina Franchini
Presidente
Dr. Pablo Pascual Perna
Secretario General
Salto, 6 de noviembre de 2025.
Este Decreto contó para su aprobación en general y particular con 31 en 31 Sres. Ediles presentes en Sala.
Dr. Pablo Pascual Perna
Secretario General